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Se pueden dar dos situaciones de desempleo, que dan lugar al derecho a cobrar el paro. Una es por desempleo parcial, ocurre cuando el trabajador ve reducida su jornada laboral, y por lo tanto su sueldo, entre el 10 y el 70%. Se da en casos de ERTE.

La otra situación de desempleo es la total, cuando el trabajador ha perdido su trabajo y su salario. En ambos casos serán necesarios una serie de requisitos para cobrar el paro.

Freno al despido | Abogados de despidos y derecho laboral | Requisitos para cobrar el paro

Principales condiciones para cobrar el paro

Las condiciones para cobrar el paro son varias, pero la principal es tener cotizados como mínimo 360 días durante los seis años anteriores a la pérdida del empleo. No se podrá solicitar el subsidio por desempleo si la baja ha sido voluntaria.

Podrán cobrar el paro aquellos trabajadores que, habiendo cotizado un mínimo de 360 días y estos no hayan sido contabilizados anteriormente para cobrar el subsidio por desempleo, sean despedidos por la empresa, ya sea de forma amistosa o por un despido disciplinario.

También aquellos fijos discontinuos en los períodos en los que no trabajen, y aquellos que ven su jornada laboral reducida a causa de un ERTE. El tiempo límite durante el que se puede cobrar el paro es un mínimo de cuatro meses y un máximo de dos años.

Las condiciones para cobrar el paro son varias, pero la principal es tener cotizados como mínimo 360 días durante los seis años anteriores a la pérdida del empleo. No se podrá solicitar el subsidio por desempleo si la baja ha sido voluntaria.

Podrán cobrar el paro aquellos trabajadores que, habiendo cotizado un mínimo de 360 días y estos no hayan sido contabilizados anteriormente para cobrar el subsidio por desempleo, sean despedidos por la empresa, ya sea de forma amistosa o por un despido disciplinario.

También aquellos fijos discontinuos en los períodos en los que no trabajen, y aquellos que ven su jornada laboral reducida a causa de un ERTE. El tiempo límite durante el que se puede cobrar el paro es un mínimo de cuatro meses y un máximo de dos años.

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Durante los primeros 180 días se cobrará el 70% de la base reguladora, a partir de 180 días el 50%.

El IPREM, Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, es el índice que se utiliza como referencia en la concesión del subsidio de desempleo, ayudas y subvenciones. En el año 2021, después de no experimentar ningún cambio desde el 2017, ha aumentado un 5,3%, por lo que el importe mínimo que se cobrará es de 564,9 euros.

También se tendrá en cuenta si la persona tiene hijos a su cargo, tanto para cobrar el paro como para otros tipos de subsidios que puede otorgar el INEM.

Otros requisitos para cobrar el paro especiales

Además de los requisitos antes mencionados, existen otros requisitos para cobrar el paro. Este año 2021 se vuelve a solicitar el certificado BAE, que es el documento que acredita que la persona que cobra el paro está en búsqueda activa de empleo. Para demostrarlo, se deben haber enviado como mínimo tres solicitudes de empleo a tres empresas distintas, estar inscrito en una o varias agencias de colocación o presentarse a las ofertas de los servicios públicos de empleo.

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Principalmente tendrán que presentarlo aquellas personas que cobren la Renta Activa de Inserción, los parados de larga duración y las personas que cobran subsidios extraordinarios.

Esta acreditación, obligatoria, se expide en los servicios autonómicos de empleo de cada comunidad autónoma, cumplimentando una declaración expresa en el SEPE o también es posible conseguirla a través de algunos portales de empleo que cuentan con este certificado.

En caso de dudas sobre las prestaciones a las que tiene derecho una persona que ha cotizado el tiempo suficiente, los abogados laboralistas son los más indicados para aconsejar.

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