¿Qué es un despido procedente y cuál es su indemnización?
¿Qué es la cesión ilegal de trabajadores?

El despido a una embarazada también se contempla en la nueva reforma laboral, y establece que el despido será nulo si la causa es la gestación. Por lo tanto, no se puede despedir a una mujer durante el período de embarazo.

Sin embargo, sí existen otros motivos por los que una mujer embarazada podrá ser despedida: cuando se trate de un despido objetivo, es decir, que la empresa pueda demostrar causas económicas, de producción, técnicas u organizativas. También si se trata de un despido disciplinario será aceptado por un juez, si la trabajadora ha incurrido en faltas que afectan a la empresa, a su labor en ella, a sus superiores o a sus compañeros de trabajo.

Si tienes problema con este tema y necesitas asesoramiento de abogados de despidos no dudes en contactarnos. ¡Estaremos encantados de poder ayudarte!

¿Se puede despedir estando embarazada? Tipos de contrato

Cuatro son los tipos de contrato laboral más frecuentes, durante los cuales se puede despedir estando embarazada siempre que la empresa pueda demostrar los motivos. Estos tipos de contrato son:

  • Contrato temporal. En estos se incluyen los contratos de:
    • Interinidad.
    • Por obra y servicio.
    • Eventual. No durará más de seis meses.
  • Contrato de relevo.
  • Contrato indefinido.
  • Contrato en prácticas.
  • Contrato de formación y aprendizaje.

Despido a embarazada con contrato temporal

No se puede despedir a una embarazada con contrato temporal durante la vigencia de dicho contrato, aun cuando la empresa alegue que no lo sabía. Si se da el caso, la mujer podrá reclamar y se convertirá en un despido nulo.

Ahora bien, sí se puede despedir a una embarazada con contrato temporal si este ha llegado a la fecha de su extinción o por causas objetivas o disciplinarias.

Si la mujer decide informar a la empresa de su embarazo, se recomienda hacerlo por escrito.

Despido a embarazada con contrato en formación

Como en cualquier otro tipo de contrato, durante un contrato de formación no se puede despedir a una embarazada siendo el motivo del despido la gestación o consecuencias de ella. Así, si existe riesgo durante el embarazo o durante la lactancia y es necesario coger la baja, o en el momento de dar a luz, durante el permiso por maternidad o en los casos de adopción o acogimiento, no se podrá llevar a cabo un despido durante ese tiempo.

Al tratarse de un contrato en formación, la relación laboral quedará suspendida para reanudarse con posterioridad, así como la formación. Será necesario informar de la baja al centro de formación, a la Seguridad Social y al SEPE.

Despido a embarazada con contrato indefinido

No se puede despedir a una embarazada cuyo contrato es indefinido. Y no se podrá hacer desde la fecha de la gestación hasta que termine el permiso de maternidad. Así mismo, la mujer puede pedir una excedencia para cuidar a un menor de tres años o una reducción de jornada hasta que el pequeño cumpla doce años. En el caso de que se produzca el despido durante este período de tiempo, será considerado un despido nulo.

Ahora bien, si la empresa demuestra motivos objetivos o causas disciplinarias, sí será aceptado el despido a una embarazada.

¿Cuándo pedir la indemnización?

No se debe confundir la indemnización con el finiquito. El finiquito es el dinero que la empresa adeuda al trabajador por vacaciones no disfrutadas, horas extraordinarias y otros conceptos, la indemnización es la cantidad de dinero que la empresa debe entregar al trabajador en caso de declararse el despido improcedente o por despido objetivo. En el despido disciplinario el trabajador no tiene derecho a ninguna indemnización.

La indemnización deberá ser entregada junto con la carta de despido y el finiquito. Si la empresa es insolvente, será el Fondo de Garantía Salarial quien se haga cargo del pago de la indemnización.

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