La excedencia por el cuidado de los hijos o familiar es un derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores y lo tiene cualquier persona que tenga un contrato de trabajo, ya sea indefinido o temporal.
Esta excedencia tiene un tiempo máximo de dos años, a no ser que en el convenio de los trabajadores de la empresa se estipule un tiempo mayor. Este tiempo puede ser seguido o estar unos meses en excedencia, volver al trabajo y después volver a solicitarla, y el tiempo no trabajado se acumulará hasta llegar al máximo acordado.
Se ha de tener en cuenta que, durante la excedencia por el cuidado de hijos o familiar, el trabajador no cobrará su sueldo, ni podrá solicitar el paro ni cotizará por desempleo.
¿Cuál es la obligación de la empresa?
La única obligación de la empresa es mantener su puesto de trabajo durante un año para readmitirlo, o 15 meses si pertenece a una familia numerosa o 18 si se trata de una familia numerosa de categoría especial. Después de este tiempo, se le asignará un puesto correspondiente a la misma categoría profesional. Durante la excedencia, la empresa podrá contratar a otro trabajador para cubrir el puesto.
El tiempo que el trabajador está en excedencia sigue computando como antigüedad y puede asistir a los cursos de formación de la empresa, pero el empresario deberá darlo de baja de la Seguridad Social y no cotizará por él. Sin embargo, en caso de incapacidad permanente, jubilación, muerte, maternidad y paternidad, se considera el primer año de excedencia como un período cotizado.
Si no se cumplen los requisitos para solicitar la excedencia para el cuidado de hijos o familiar, cualquier trabajador con un año de antigüedad en la empresa y que no haya solicitado otra excedencia en los cuatro años anteriores, puede solicitar la excedencia voluntaria, para la cual no deberá dar explicaciones sobre los motivos. Pero, en caso de romper los pactos de buena fe con la empresa, podrá ser despedido disciplinariamente independientemente de que se encuentre en excedencia. La excedencia voluntaria puede durar desde cuatro meses a cinco años.
¿Cuáles son los requisitos para la excedencia del cuidado de los hijos?
La excedencia por el cuidado de los hijos, ya sean biológicos, adoptados o en acogida, se puede solicitar antes de que este cumpla los tres años, y podrá durar hasta que el pequeño tenga dicha edad. La puede solicitar el padre o la madre y, si tuviese otro hijo, volver a solicitarla.
Junto con el último salario, la empresa pagará la parte correspondiente de las vacaciones, pagas extras y todo lo que se le adeude al trabajador como si se tratase de un finiquito, pero no lo es pues la relación laboral no se da por terminada.
¿Cuáles son los requisitos para la excedencia del cuidado de un familiar?
La excedencia por el cuidado de un familiar podrá ser concedida cuando se pide para cuidar de un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad, como puede ser el cónyuge, padres, suegros, hijos o yernos, que no se pueden valer por sí mismos de forma permanente o temporal. La persona a la que se cuida no debe desempeñar una actividad remunerada durante el período en el que se solicita la excedencia. Sin embargo, la persona que está en excedencia sí puede trabajar con un contrato de media jornada o fines de semana si no está rompiendo los pactos de buena fe con la empresa.
¿Puede la empresa negarse a conceder la excedencia?
La empresa no puede negarse a conceder la excedencia, pues se trata de un derecho de todos los trabajadores. Sí puede despedir o incluir en un ERE a la persona en excedencia, pero deberá justificar que la causa del despido no es la situación. Si se demuestra que el motivo es que ha solicitado la excedencia, se tratará de un despido nulo.
En caso de tratarse de una excedencia por el cuidado de hijos menores de tres años, y si los padres trabajan en la misma empresa, sí es posible que el empresario pida limitar que pidan la experiencia al mismo tiempo si ello repercute en el funcionamiento de la empresa.
En el caso de excedencia por cuidar a un familiar, quedará suspendida cuando otro familiar también la solicite por el mismo motivo. Para situaciones tan importantes como son las cuestiones laborales, siempre es aconsejable contar con el consejo de abogados expertos laboralistas.