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El despido por ineptitud sobrevenida se da cuando la empresa decide de manera unilateral finalizar el contrato con el trabajador. Se trata de un despido objetivo, cuyas causas están recogidas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, deberá estar suficientemente justificado para que no se convierta en un despido objetivo improcedente o nulo.

En el caso del despido por ineptitud sobrevenida, se podrá dar cuando el trabajador no es capaz de llevar a cabo su tarea en la empresa de manera eficiente un tiempo después de ser contratado. Deberá ser una situación constante, no si ocurre en un momento puntual. Tampoco podrá haber despido por ineptitud sobrevenida si durante el período de prueba el trabajador ya no podía hacer frente a su labor eficazmente, ni tampoco en el caso de que el empresario rechazara un período de prueba.

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¿Qué es la ineptitud sobrevenida?

  • La ineptitud sobrevenida se da cuando el trabajador pierde alguna de sus facultades para realizar su trabajo. Es considerada como tal cuando:
    • El trabajador, después de un tiempo, sufre incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. La incapacidad temporal, como sería el caso de una enfermedad común o un accidente, no se puede alegar para un despido por ineptitud sobrevenida. En algunos casos de enfermedades crónicas, que pueden provocar incapacidad temporal de manera intermitente pero constante, sí se puede llegar a la extinción del contrato.
    • No poder realizar su labor por causas ajenas a la empresa. Por ejemplo, si a un conductor profesional le retiran el permiso de conducir.
    • Limitaciones de las cuales el trabajador no informó a la empresa.
    • Falta de titulación para realizar algunas labores.
    • No superar las pruebas médicas necesarias para el puesto de trabajo.
    • No adaptarse a los requisitos de su puesto de trabajo. En el caso de que el motivo sea por una discapacidad física o psíquica, antes de llegar al despido la empresa deberá intentar reubicar al trabajador en otro puesto si fuese posible.

    En el caso de que el trabajador baje su rendimiento de manera consciente, reiterada e injustificada, podrá verse en un despido disciplinario.

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¿Cuál es la indemnización por despido por ineptitud sobrevenida?

La indemnización por despido por ineptitud sobrevenida, una vez que la empresa ha demostrado que existe tal situación, será del pago de 20 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 meses. Si se ha trabajado menos de un año en la empresa, se calculará por meses.

Se deberá informar al trabajador de su despido con 15 días de antelación, o se le ofrecerá una compensación económica que sustituirá ese preaviso.

Se le comunicará por escrito al trabajador su despido y las causas concretas que lo provocan.

Si el trabajador ha cotizado el tiempo suficiente, en esa empresa o en otras y no ha agotado su prestación por desempleo, tendrá derecho a paro.

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Hacer una reclamación por cualquier tipo de despido suele derivar en un juicio si no se llega a un acuerdo ente la empresa y el trabajador. En el caso de la ineptitud sobrevenida la persona empleada puede ver injusto dicho despido, pero la empresa también debe mirar por sus intereses laborales. De ese modo, lo mejor es acudir a abogados laboralistas expertos para recibir consejo y representación en caso de llegar a un juicio.

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